La primera iniciativa destinada a formar un Archivo Nacional, para servir de fuente de consulta gubernamental data del mensaje presidencial del 9 de julio de 1844.
Posteriormente, el 17 de septiembre de 1847, se crea la Oficina de Estadística, bajo dependencia del Ministerio del Interior, que manifiesta que la idea original de establecer un Archivo Nacional era el control físico e intelectual de la documentación pública, no debido a fines de investigación académica sino de ciencia aplicada y de entrega de información respecto de la documentación pública a los usuarios de entonces. Lo anterior no es más ni menos que la primera ley relativa a la transparencia y el acceso a la documentación del Estado.
Sin embargo, no fue sino hasta 1887 que se organizó el Archivo General de Gobierno, creado el 21 de junio de ese año, bajo dependencia del Departamento de Justicia e Instrucción Pública. A este archivo solamente ingresaría la documentación de los ministerios o departamentos de Estado.
Hacia 1925, fue evidente la necesidad de unificar en un solo archivo tanto la documentación colonial como la republicana del período entre 1810 a 1865. Esto se tradujo en la creación del Archivo Histórico Nacional, por Decreto del 30 de mayo de 1925, el cual establece que su objetivo es reunir toda la documentación de las instituciones de la administración central, fueran coloniales o republicanas, de los archivos municipales, colecciones privadas, archivos notariales y judiciales, incluso de los manuscritos coloniales que estuviesen conservados en otras dependencias fiscales.
El alcance y contenido del decreto que creó el Archivo Histórico Nacional, fue ampliado en virtud del Decreto con Fuerza de Ley N° 7.217, del 25 de noviembre de 1927, que establece la creación del Archivo Nacional (AN) con la finalidad de unificar los dos archivos existentes. Éste señala, que deberían ingresar además de los documentos ya establecidos en la legislación anterior, los producidos por las intendencias, gobernaciones, municipalidades y juntas de vecinos. En términos administrativos, el citado decreto estableció que el AN contaría con dos secciones: la histórica y la administrativa.
Posteriormente, el Decreto con Fuerza de Ley N° 5.200, de 18 de noviembre de 1929, que creó la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (ex Dibam), en la actualidad Servicio Nacional del Patrimonio dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. del amplió el contenido de fondos documentales que debían ingresar al AN, al establecer que también serían transferidas las copias de las sentencias de los Tribunales de Justicia. Más aún, bajo este marco legal han ingresado los documentos procedentes de los servicios públicos creados durante el siglo XX, de empresas estatales y semiestatales.
El actual Archivo Nacional Histórico (ANH) -sección histórica del AN- es la entidad destinada a la conservación, ordenación, clasificación y de producción de instrumentos de control intelectual de la documentación histórica colonial o republicana, de procedencia institucional o privada.
En tanto, la sección administrativa fue concebida para conservar, ordenar, clasificar y como productora de instrumentos de control intelectual de la documentación administrativa producida especialmente durante el siglo XX, y cuyo contenido eran múltiples trámites realizados especialmente ante los ministerios, secretarías, subsecretarías, superintendencias, direcciones, inspecciones, institutos y municipalidades.
Durante el siglo XX, aumentó la complejidad social y el tipo de informaciones producidas. Del mismo modo, la administración del Estado creció en reparticiones dependientes, cuestión que iba en paralelo a la ampliación del espectro de tipos documentales a objeto de ordenar y presentar la información. Ambos procesos generaron la producción de una notable masa documental que finalmente, en 1993, decidió la creación del Archivo Nacional de la Administración (ARNAD).
En concordancia con las políticas de modernización y descentralización del Gobierno de Chile, el AN creó hace más de tres décadas dos sedes en regiones: Archivo Regional de La Araucanía (ARA) y el Archivo Regional de Tarapacá (ART). Estas instituciones, en 2021, pasaron a ser oficialmente Archivos Regionales debido a la ley 21.045.
El Archivo Regional de La Araucanía, ubicado en Temuco, fue inaugurado en 1997, conservando los documentos generados por la administración pública de la región y a su vez resguardando y facilitando sus dependencias, mediante convenio con la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) para el funcionamiento del Archivo General de Asuntos Indígenas.
Finalmente, el Archivo Regional de Tarapacá, ubicado en Iquique, es creado el año 2001, como una acción conjunta entre el Gobierno Regional, el Archivo Nacional de Chile y la Universidad Arturo Prat, facilitando que el patrimonio documental de la región, permanezca y se conserve en su lugar de origen y a partir de éste, se atiendan las necesidades de información de la región.
Desde el año 2006, por decreto exento N° 719 del Ministerio de Educación, se declara Monumento Histórico a los documentos conservados en el Archivo Nacional y contenidos en el Archivo Nacional Histórico, Archivo Nacional de la Administración y Archivo de La Araucanía.
En 2017, con la ley 21.045 que creó el del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, surge el Sistema Nacional de Archivos (SINAR), “... que estará constituido por el Archivo Nacional de Chile y los archivos regionales, en su caso, y por todos aquellos archivos privados que se integren al sistema voluntariamente” (artículo N°33). El SINAR es dirigido por el director o directora del Archivo Nacional (AN), y le corresponderá supervisar la aplicación de las políticas y normas administrativas y técnicas para el funcionamiento de los archivos que integren este sistema.
La legislación también establece la implementación de Archivos Regionales propiamente tal: "El Ministro, previa propuesta del Director del Servicio y según las disponibilidades presupuestarias, podrá disponer la creación de archivos regionales, los cuales estarán a cargo del Conservador Regional, el cual será nombrado por el Director del Archivo Nacional mediante concurso público y se relacionará de manera directa con dicha autoridad" (artículo 34).
El primero en crearse, en el contexto de la ley 21.045, fue el de Archivo Regional de Atacama, en 2021, en Copiapó, y se encuentra en la primera etapa de instalación.
Cronología
1847: el 17 de septiembre por ley se crea la Oficina de Estadística, bajo dependencia del Ministerio del Interior.
1875: el 15 de octubre, por ley se crean los archivos judiciales de Santiago y Valparaíso y coloca bajo la dependencia de éstos los documentos que hasta entonces se conservaban en las notarías públicas.
1887: el 21 de junio, por Ley se organiza el Archivo General de Gobierno, bajo dependencia del Departamento de Justicia e Instrucción Pública.
1925: en mayo, por Decreto se crea el Archivo Histórico Nacional.
1927: el 25 de noviembre, por Decreto con Fuerza de Ley N° 7.217 se establece la creación del Archivo Nacional.
1929: el 18 de noviembre, por Decreto con Fuerza de Ley N° 5.200 se crea la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos.
1992: el 12 de noviembre, es creado el Archivo Nacional de la Administración.
1997: el 18 de diciembre, en el contexto de la Ley Nº 19.253 de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, es creado el Archivo Regional de la Araucanía.
2001: el 20 de abril es creado el Archivo Regional de Tarapacá.
2017: el 03 de noviembre se publica la ley 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
2021: el 01 de diciembre se inaugura el Archivo Regional de Atacama.